Tres miradas posibles sobre el paro de UTA

La medida de fuerza ejecutada por los trabajadores nucleados en la UTA admite tres enfoques para su tratamiento.
El primero se refiere a la caracterización del servicio del transporte urbano de pasajeros desde el punto de vista laboral.
Se trata de un servicio público de naturaleza no esencial, conforme lo define la ley 25.877 por remisión a las resoluciones y principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en función de las determinaciones del Comité de Libertad Sindical.No puede haber medidas de fuerza si no se cumple con un servicio mínimo.
Jorge Sappia*Política

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